Desde el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Sabaneta, queremos brindarle todo el acompañamiento y la asesoría necesaria, para que su empresa pueda dar cumplimiento a la normatividad vigente. “LEY 1575 DE AGOSTO 21 DE 2012, en especial lo contemplado el Articulo 42 con sus parágrafos “INSPECCIONES DE SEGURIDAD “modificado por la ley 1796 de julio 13 de 2016 articulo 7 y la RESOLUCIÓN 0661 DE JUNIO 26 DE 2014, capitulo XXVIII en especial a lo referente en los artículos 196, 197, 199, 200, 201, 202, 204, 207, 210, 212, entre otros.”
Le invitamos para que diligencie el Formulario de Solicitud de Inspección o envíe la documentación requerida al correo electrónico [email protected] o física a la dirección calle 67 sur # 48B – 46 Sabaneta, Antioquia. (El formulario de solicitud y lista de requisitos los encontrara anexos a la invitación), esto con la finalidad de iniciar los procesos de certificación en seguridad humana y sistemas de protección contra incendios.
Les recordamos que estos procesos son de obligatorio cumplimiento, la omisión a este, podría acarrear sanciones por parte de la administración municipal
Ajuntar Copia del RUT
Cédula del representante legal
Licencia de construcción
Documento oficial que certifique el área total construida el cual pueden ser: Certificado catastral, licencia de construcción, contrato de arrendamiento (si aparece el área).
Copia de servicios públicos (Aplica para unidades residenciales y proyectos en construcción)
Especificaciones técnicas de la bomba contra incendios, mantenimientos preventivos y curva de eficiencia.
(Aplica para unidades residenciales y/o empresas que tengan licencia de construcción
NSR2010 y opcional para las que teniendo licencia de construcción NSR98 con red contra
incendios deseen certificarla)Enviar al correo [email protected] los documentos solicitados
Conoce más sobre
Nuestro objetivo como Cuerpo de Bomberos, es garantizar al interior de su empresa y/o establecimiento público o privado, un óptimo nivel en seguridad humana, mediante la práctica de una inspección locativa, donde se identifican condiciones y/o escenarios de riesgo, cuya materialización o desarrollo pueden causar alteración intensa, grave y extendida en las condiciones normales de funcionamiento en las personas, los
bienes y la infraestructura, en su empresa.
Queremos brindarle todo el acompañamiento y la asesoría necesaria, para que su empresa pueda dar cumplimiento a la normatividad vigente. “LEY 1575 DE AGOSTO 21 DE 2012, en especial lo contemplado el Articulo 42 con sus parágrafos “INSPECCIONES DE SEGURIDAD “modificado por la ley 1796 de julio 13 de 2016 articulo 7 y la RESOLUCIÓN 0661 DE JUNIO 26 DE 2014, capitulo XXVIII en especial a lo referente en los artículos 196, 197, 199, 200, 201, 202, 204, 207, 210, 212, entre otros.
Conoce Nuestros
Revisión de planos (Diseño de planos)
Inspección Técnica Ocular
Prueba hidráulica y revisión de sistemas de protección contra incendios.
Certificado de seguridad para Eventos Masivos
Encuentra a continuación los requisitos que necesitas para iniciar el proceso de certificación; haz clic en el tipo de establecimiento que aplica para tu solicitud.
¿Que es una inspección técnica ocular?
R/ Es el proceso por medio del cual se pretende identificar los posibles riesgos que se presentan en una empresa, local, comercial, unidad residencial y/o institución, con el fin de promover y establecer los medios necesarios para garantizar la seguridad humana y la protección contra incendios.
¿Cada cuanto tengo que renovar el certificado técnico de seguridad locativa?
R/ La ley 1575 del 21 de agosto de 2012, reformada por la ley 1796 de julio de 2016 en su artículo 7 reglamentada por la resolución 0661 del 26 de junio de 2014, establece que las instituciones públicas y privadas, comerciales, industriales y residenciales deben renovar cada año el certificado de seguridad locativa, así como la revisión de la red contra incendio mediante una prueba hidráulica.
¿Si mi empresa o negocio se traslada para otro sitio, me sirve el mismo certificado?
R/ No, porque cada certificado es exclusivo para el local donde fue expedido el certificado.
¿Si compro un negocio que ya está certificado, necesito volver a certificarlo?
R/ No, siempre y cuando la certificación de dicho local comercial este aún vigente.
¿Cuál es el procedimiento para la inspección locativa y/o prueba hidráulica?
⋅ Diligenciar el formato de solicitud ( Descargar ).
⋅ Tener la documentación requerida para el tipo de establecimiento para el cual se está solicitando la inspección.
⋅ Enviar la documentación y formulario al correo electrónico: [email protected] o entregar físicos en la estación CBVS.
⋅ Con esta información el departamento de Prevención del CBVS generará la cuenta de cobro y se hará llegar a ustedes vía correo electrónico.
⋅ Enviar soporte de pago al correo electrónico o físico a la estación del CBVS.
⋅ El departamento de Prevención del CBVS agendara su cita de inspección técnica ocular y/o prueba hidráulica.
⋅ Después de la inspección si cumple a cabalidad con todos los requerimientos exigidos por la ley se Realiza el Certificado; de lo contrario se realiza un informe de requerimientos y contará con 30 días calendario para dar cumplimiento a estos; se agendará una cita de auditoría y si cumple se genera el certificado de lo contrario se realiza el debido reporte a la entidad municipal.
¿Si no tengo la licencia de construcción, que puedo hacer?
R/ Se puede presentar otro documento oficial donde esté relacionada el área del local o empresa a visitar, por ejemplo: certificado catastral, contrato de arrendamiento, etc.
¿Yo tengo mi empresa en sabaneta, puedo certificarme con un cuerpo de bomberos diferente?
R/ No, cada cuerpo de bomberos tiene jurisdicción dentro del mismo municipio donde funciona. Certificado emitido por otro cuerpo de bomberos, no tiene validez.
¿Que se tiene en cuenta para el cobro de la inspección?
R/ La ley 1575 fija varios parámetros para realizar el cobro de la inspección, entre los cuales están: nivel de riesgo, área del negocio o empresa, estrato socioeconómico.
¿A quienes aplica la Prueba Hidráulica?
Para Unidades residenciales/edificaciones/Industriales con licencia de construcción NSR10 o para quienes siendo NSR98 cuenten con Redes de protección contra incendios deseen certificarse.
Requerimientos generales que se tienen en cuenta al momento de realizar la inspección
⋅ Señalización rutas de evacuación fondo verde.
⋅ Iluminación de emergencia
⋅ Ubicación estratégica extintores con su debida señalización fondo rojo.
⋅ Certificados del contenido químico de los extintores.
⋅ Verificación de instalaciones eléctricas.
⋅ Sistemas de alerta y alarma.
⋅ Rutas y salidas de emergencia (deben estar libres de obstáculos).
⋅ Entre otras.
Empresas responsables y comprometidas con la seguridad humana y sistemas de protección contra incendios en nuestro municipio.